La respuesta rápida: porque aquí la privacidad se protege como si llevásemos esa parte selectiva de la Constitución pegada a la cara (la que algunos aplican a conveniencia), y allí la Primera Enmienda tiene más peso que la autoestima de Elon Musk.
La respuesta larga, en cambio, revela una grieta cultural: dos visiones del espacio público enfrentadas. En España, fotografiar a alguien en plena calle puede acabar en denuncia, aunque estés haciendo arte o documentando la realidad urbana. En Estados Unidos, hacerlo puede considerarse un ejercicio de libertad creativa. La diferencia no solo es jurídica, sino también simbólica: aquí manda el temor a ser visto; allí, el derecho a mostrar.
En España, la Ley Orgánica de Protección de Datos y los derechos a la propia imagen y al honor hacen que, en teoría, no puedas ni sacar a alguien en segundo plano sin que te miren mal… o te denuncien. Aunque estés en un espacio público. Aunque el sujeto esté en plena performance urbana. Aunque tú solo quisieras retratar el caos hermoso de una ciudad viva.
En Estados Unidos, mientras tanto, la fotografía callejera se considera una expresión artística y está amparada por la Primera Enmienda. Allí, si estás en un lugar público, puedes ser fotografiado. Punto. Y si protestas, probablemente te respondan con un encogimiento de hombros y un “It’s my right, dude”.
Un ejemplo claro fue el caso del fotógrafo Philip-Lorca diCorcia, quien fue demandado por un hombre ultraortodoxo al que retrató en Times Square sin su consentimiento. Lo interesante no fue solo el fallo judicial a favor del fotógrafo, sino lo que se debatía: ¿puede una imagen, tomada en un lugar público, ser tratada como una obra de arte aunque su sujeto no lo consienta? El juez neoyorquino dijo sí. Y al hacerlo, sentó un precedente clave en la defensa de la fotografía como forma de expresión legítima en el espacio público.

¿Quién tiene razón? ¿El que defiende la libertad de expresión o el que protege su imagen como si fuera un dato bancario? El debate no es fácil. Ni blanco ni negro. Pero plantea una cuestión clave: ¿cuánto vale la espontaneidad visual en una sociedad que teme ser retratada?
En España, los fotógrafos de calle deben navegar entre el arte y el código penal. A veces basta con una sonrisa y una explicación. Otras, ni el mejor portfolio —ni llevar autorizaciones de imagen en la mochila— te salva de la mirada fulminante (o el recurso judicial).
¿Y si la solución estuviera en educar visualmente, en vez de prohibir? ¿Y si enseñásemos a convivir con las cámaras como parte del paisaje urbano, en lugar de verlas como intrusos?
Porque fotografiar una ciudad es contarla. Y censurar su gente es mutilar su relato.
Algunos miran con recelo. Otros miramos para entender.
¿Y tú qué opinas? ¿Te parece justo cómo se regula la fotografía callejera en España? ¿Has vivido alguna situación parecida? Déjamelo en comentarios —o dispara tu respuesta, que aquí nadie te va a pixelar.

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